Page 8 - Vértigo: los paisajes del hombre o…
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ANA LUENGO AÑÓN
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tal, del momento en el que vive, y de su pasado, otorgán- dole un valor en referencia a su propia identidad presente. Por otro lado, el Romanticismo va a teñir de un anhelo emocional esta visión de un pasado –tal vez más intere- sante: todo tiempo pasado fue mejor, nos decía Jorge Manri- que– que ya puede cuantificar y cualificar. Como conse- cuencia de todo ello, veremos producirse las primeras acciones de protección del patrimonio histórico y de los bienes naturales, reflejo del sentir de una época que en- tiende, por un lado, el valor de la creación humana –pa- trimonio histórico-artístico– y por otro, el valor de la pro- tección de la naturaleza, a la que hay que salvaguardar del poder destructor del hombre. Prueba de ello es la inclu- sión en la práctica totalidad de la legislación mundial –y en la española– de lugares o sitios naturales protegidos por sus valores estéticos, independientemente de si incor- poran o no a su vez valores naturales.
Los primeros documentos legislativos que encontra- mos en nuestro país al respecto –el “Real Decreto-Ley de
9 de agosto de 1926” y la “Ley del 13 de mayo de 1933”–, ambos incorporan, entre los bienes inmuebles integrantes del Tesoro Artístico Nacional, los sitios o lugares de recono- cida y peculiar belleza cuya protección y conservación sean ne- cesarias para mantener el aspecto típico, artístico o pintoresco característico de España, reconocidos como parajes pinto- rescos15 que deben ser preservados de destrucciones y re- formas perjudiciales. En la propia “Constitución de la Re- pública” de 1931, vuelve a aparecer en uno de sus artículos16 que el Estado protegerá también los lugares nota- bles por su belleza natural o por su reconocido valor artístico e histórico. La finalidad de todas estas leyes insta a la pro- tección de los parajes pintorescos procurando por todos los
15 “Leydel13demayode1933”queademás,ensuartículo3,aclara que compete a la Dirección General de Bellas Artes cuanto atañe a la defensa, conservación y acrecentamiento del Patrimonio Histórico- Artístico Nacional.
16 Artículo 45, Constitución de la República, 1931.
CHARLES CHAPLIN. Tiempos Modernos (1936).


































































































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